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Municipales piden a alcaldes urgente puesta en marcha de nueva ley

Hoy será promulgada la ley que genera una serie de cambios en la ley Orgánica de Municipalidades y otras leyes afines, permitiendo que los alcaldes puedan subir un grado a quienes al 01 de enero del 2015 hayan estado nombrados como titulares en las plantas técnicas, administrativas y auxiliar entre los grados 10 al 20

Considerando que hoy lunes será promulgada la ley que genera una serie de cambios en la ley Orgánica de Municipalidades y otras leyes afines, permitiendo que los alcaldes puedan subir un grado a quienes al 01 de enero del 2015 hayan estado nombrados como titulares en las plantas técnicas, administrativas y auxiliar entre los grados 10 al 20, es que se hace urgente, según lo expresa el Directorio de la Federación de Funcionarios Municipales, FEDEFUM, que los alcaldes instruyan a sus equipos de los departamentos de Personal o Recursos Humanos que inicien de forma rápida la elaboración de las nóminas de funcionarios respectivas en las que se considere este beneficio, como también la subida de un grado para quienes estén contratados en la modalidad de contrata, asimilados a los grados 10 al 20 en dichas plantas de personal.

Lo anterior es una exigencia que dispone la nueva ley, pues las nóminas deben ser remitidas vía oficio a la Subdere, institución gubernamental que traspasará a los municipios los dineros necesarios para el pago de estos beneficios, como los relacionados con el pago de cuotas retroactivas y de las asignaciones profesional y directivo-jefatura.

Según la información que dispone el Directorio de Fedefum, la Subdere traspasaría los dineros sólo después que los 345 municipios del país le hagan llegar la información del caso.

“La nueva ley dispone un plazo de 90 días desde promulgada la ley para que los alcaldes remitan el oficio respectivo con la nómina de beneficiarios y montos involucrados, por lo que es de vital importancia que los municipios hagan rápido su trabajo y hagan llegar la información del caso a la Subdere. Mientras más se demoren los municipios en enviar las nóminas, más demora habrá en el pago de beneficios. Si hay municipios rezagados, los perjudicados seremos todos”, sentenció Mauricio Santander Zarricueta, presidente de la organización gremial.

De igual manera la nueva ley traspasa al Alcalde y Concejo Municipal la facultad permanente para conformar una nueva planta de personal, reencasillando a quienes cumplen funciones y generando nuevos cargos, pero para poner en marcha tal facultad, se requiere primero que cada Municipio cuente con un Reglamento Municipal y una política de Recursos Humanos. Para el directorio de Fedefum, es importante que los alcaldes de la Región de Coquimbo inicien un trabajo inclusivo, que convoque a las diferentes asociaciones de funcionarios que haya en cada Municipalidad, implementándose un Comitè Bipartito establecido en la nueva ley. “La facultad se puede aplicar en los años 2018 o 2019, pero como hay mucho trabajo que desarrollar, se debiera comenzar con ello en el corto plazo».

Para el directorio de esta Federación, que integran también Kern Bauer, presidente de Asemuch Vicuña y Osman Rojas, presidente de Asemuch Río Hurtado, dado que la mayoría de los municipios no cuenta con una Política de Recursos humanos, ni menos que haya sido concordada con los representantes de los trabajadores, es imperioso entonces poner en marcha, promulgada la ley, los Comitès Bipartitos de trabajo en las que se haga un diagnóstico de la planta de personal existente, se acuerden criterios pro trabajador, se definan perfiles laborales y se establezca el organigrama ideal de funciones para cada Municipio, entre otras tareas.

Un trabajo como el descrito puede llevar más de un año, por lo que a juicio del Directorio de Fedefum, es prudente comenzar este trabajo durante el2016 y no esperar el 2017. Recuerdan que según la nueva ley, dicho Reglamento Municipal que fije la nueva planta y la Política de Recursos humanos debe ser conocida y aprobada por el Concejo Municipal. Bastaría que un concejal que se haya opuesto y sospeche que haya una ilegalidad, para que recurra al Tricel y se detenga el proceso de reencasillamiento. El Reglamento Municipal con la nueva Planta de Personal debe ir a toma de razón de Contraloría y publicado luego en el diario Oficial. Recién allí, se informa a la Subdere. Entraría en vigencia el primero de enero del año siguiente al cumplimiento de todas estas formalidades. Municipio que no cumpla con los trámites dentro de los plazos establecidos, no podrá aumentar su planta de personal.

Fuente: Diario El Día

 

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