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Contraloría: Fallo judicial ratifica reducción de honorarios en contrato municipal de Vicuña

El máximo tribunal del país, mediante sentencia dictada el 8 de enero de 2026, confirmó íntegramente la resolución emitida el 7 de noviembre de 2025.

La Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena que rechazó el recurso de protección interpuesto por Juan Durán Rojas en contra de la Ilustre Municipalidad de Vicuña, acción presentada tras la rebaja de sus honorarios dispuesta por el municipio en cumplimiento de instrucciones de la Contraloría General de la República.

El máximo tribunal del país, mediante sentencia dictada el 8 de enero de 2026, confirmó íntegramente la resolución emitida el 7 de noviembre de 2025 por la Corte de Apelaciones de La Serena, la cual desestimó la acción constitucional al concluir que no existió un acto ilegal ni arbitrario por parte de la autoridad comunal.

Antecedentes del caso

El conflicto se originó a partir del Decreto Alcaldicio N°3.344, de fecha 13 de agosto de 2025, mediante el cual la Municipalidad de Vicuña resolvió rebajar los honorarios de Juan Durán Rojas, quien se desempeñaba como prestador de servicios a honorarios en el programa “Contratación de Staff Oficina Observatorio Mamalluca en Servicio a la Comunidad y Turismo 2025”.

El contrato, suscrito el 7 de enero de 2025, establecía originalmente un pago mensual bruto de $2.923.977, con vigencia entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. No obstante, tras observaciones formuladas por la Contraloría Regional de Coquimbo, el municipio ajustó el monto a $1.376.722 mensuales brutos, decisión que fue notificada al prestador el 26 de agosto de 2025.

Argumentos del recurrente

En su recurso, Durán Rojas sostuvo que la rebaja de sus honorarios fue unilateral, ilegal y arbitraria, señalando que el contrato a honorarios resultaba vinculante para ambas partes. Asimismo, indicó que interpuso un recurso de reposición administrativa, el cual se encontraba pendiente de resolución, y que la medida adoptada afectaba gravemente su situación económica.

Por estas razones, solicitó dejar sin efecto el decreto alcaldicio y mantener las condiciones contractuales originalmente pactadas.

Defensa del municipio y rol de la Contraloría

En su informe, la Municipalidad de Vicuña argumentó haber actuado en estricto cumplimiento de las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República, contenidas en los oficios N°E66874 y N°E119362, los cuales ordenaron ajustar los honorarios por considerarlos desproporcionados en relación con el nivel educacional del prestador y con las remuneraciones de funcionarios municipales de similar formación.

Por su parte, la Contraloría explicó ante la Corte que la revisión se originó tras una denuncia presentada bajo reserva de identidad, concluyendo que los honorarios originalmente pactados vulneraban los principios de proporcionalidad, eficiencia y economicidad del gasto público, reiterando su jurisprudencia administrativa en materia de contratación a honorarios en el sector público.

Fallo de la Corte de Apelaciones

La Corte de Apelaciones de La Serena determinó que el conflicto correspondía a una controversia de carácter contractual, la cual no podía ser resuelta a través de un recurso de protección, al no existir un derecho indubitado ni la concurrencia de un acto ilegal o arbitrario.

Asimismo, el tribunal destacó que la municipalidad se encontraba obligada a acatar los dictámenes de la Contraloría, en su calidad de órgano superior de fiscalización del Estado, y que el recurrente contaba con otras vías administrativas y judiciales ordinarias para discutir el fondo del asunto.

Confirmación por la Corte Suprema

Finalmente, la Corte Suprema confirmó el fallo en todas sus partes, ratificando que la actuación del municipio se ajustó a derecho y que el recurso de protección no constituía la vía idónea para resolver la controversia, quedando así definitivamente rechazada la acción constitucional interpuesta por el recurrente.

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