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Corte de La Serena declara inadmisible recursos de protección contra trazado de torres de alta tensión

El recurso buscaba dejar sin efecto la resolución exenta y se paralizaran las faenas

La Corte de Apelaciones de La Serena declaró inadmisible los 15 recursos de protección  presentados por la Municipalidad de La Serena, vecinos de sectores rurales y el comité de defensa de los pueblos de Elqui, en contra del director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, Jorge Troncoso Contreras por la dictación de la resolución exenta que calificó favorablemente el proyecto Cardones Polpaico de trazado de torres de alta tensión.

En fallo unánime (causa rol 101-2016), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Fernando Ramírez, Marta Maldonado y el fiscal judicial (s) Jorge Colvin– declaró inadmisible la acción judicial que buscaba dejar sin efecto la resolución exenta y se paralizaran las faenas, por considerar que los hechos descritos en las presentaciones de los recurrentes sobrepasan los márgenes del recurso interpuesto, toda vez que las materias planteadas deben ser ventiladas en el procedimiento contenido en la Ley N° 20.600 y ante el Tribunal Ambiental creado especialmente al efecto.

“A juicio de esta Corte, dichas materias no son de aquellas que puedan dilucidarse por esta vía cautelar de urgencia, la cual no constituye una instancia declarativa de derechos sino de protección de aquéllos de carácter indubitado, cuya no es la situación de la especie, motivos por los cuales los recursos  no serán acogidos a tramitación.

Y  visto, además,  lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y del Recurso de Protección, se declaran inadmisibles los recursos interpuestos en autos”, concluye el fallo.

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