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Personas infractoras de ley tendrán más opciones para cumplir su condena con trabajos

Con la modificación de la Ley 18.216 el espectro de condenas crece de 4 a más de 12, por intermedio de las cueles los infractores podrán realizar trabajos hacia la comunidad.

Las medidas alternativas, ahora denominadas penas sustitutivas, son un sistema establecido en la Ley Nº 18.216, para el Cumplimiento de Penas Restrictivas o Privativas de Libertad, que permite a los tribunales suspender la ejecución de penas privativas o restrictivas de libertad al momento de imponerlas, cumpliendo ciertos requisitos.

Esta ley este año tuvo algunas modificaciones, según explicó el Coronel Jorge Carrasco, Director Regional de Gendarmería, señalando que, en términos generales, se trata de una modificación al régimen de penas de cumplimiento en libertad que incluye la incorporación del denominado “brazalete electrónico”. CEPT Comunicaciones

Concretamente, dijo,  el proyecto modifica la denominación de esta ley, la que pasa a regular “penas sustitutivas” en vez de “medidas alternativas”. Esto, con el objeto de precisar que no se está frente a un “beneficio” otorgado al condenado, si no que frente a una sanción, que a su vez se impone en forma sustitutiva a la pena privativa de la libertad, pudiendo ser revocada en el evento ser incumplida.

“Por lo mismo, se realizarán convenios con instituciones, entre ellos la municipalidad de Vicuña, por intermedio de las cuales se derivarán las personas condenadas para que realicen trabajos hacia la comunidad, dependiendo de lo que esta organización necesite”, explicó Jorge Carrasco.

El alcalde de Vicuña, Fernando Guamán, resaltó el valor de la iniciativa, ya que es necesario descongestionar las cárceles con los delitos menores. Esto es muy positivo porque el Estado tiene un gasto muy alto en mantención de las personas que están privadas de libertad, alrededor de 500 mil pesos mensuales por preso. Si sumamos son muchos millones, por lo que medidas como esta son necesarias para esta alternativa económica, como también para ayudar a reinsertarse a las personas que por un motivo u otro han infringido la ley con delitos menores”, sostuvo la autoridad.

Es importante recalcar que  el proyecto además regula un catálogo de delitos respecto de los cuales no procederá la aplicación de estas penas, como por ejemplo el secuestro calificado, sustracción de menores, violación, violación impropia de menor de 14 de años, violación con homicidio, homicidio simple o calificado y de aquellos que hayan cometido delitos terroristas. Todos ellos, serán castigados con cárcel.

Cristian Pérez Trujillo

Periodista, Licenciado en Comunicación Social, de la Universidad de La Serena. Nacido en Vicuña y criado en el Valle de Elqui. Amante de la tierra elquina, de los deportes y la cultura.

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